Terms & Conditions: PBT - Alquiler y condiciones generales

ALQUILER DE EMBARCACIÓN Y CONDICIONES GENERALES

(Contrato de Arrendamiento Náutico – Persona Natural)

Entre EL ARRENDADOR, persona natural, propietario, poseedor legítimo u operador autorizado de la embarcación objeto de este contrato, y el CLIENTE / ARRENDATARIO, cuyos datos constan en la reserva, conjuntamente denominados “LAS PARTES”, se acuerda lo siguiente:

PRIMERA. NATURALEZA DEL CONTRATO

El presente contrato tiene naturaleza privada, mercantil y marítima, y no constituye transporte público de pasajeros. Se rige por las leyes de la República de Panamá, en especial el Código de Comercio, normas marítimas vigentes y el principio de autonomía de la voluntad contractual.

SEGUNDA. RESPONSABILIDAD DEL ARRENDATARIO

El ARRENDATARIO asume total y exclusiva responsabilidad por su conducta y la de todos sus invitados, liberando expresa, total e irrevocablemente a EL ARRENDADOR, propietarios, operadores, capitanes, tripulación y colaboradores, de cualquier reclamación, daño, perjuicio, lesión o pérdida, directa o indirecta, ocasionada por actos u omisiones de los pasajeros.

TERCERA. AUTORIDAD DEL CAPITÁN

El capitán es la máxima autoridad a bordo y podrá, a su sola discreción:

Negar el embarque

Modificar ruta o itinerario

Suspender o dar por terminado el viaje

Desembarcar pasajeros

cuando lo considere necesario por razones de seguridad, condiciones climáticas, consumo de alcohol o sustancias, conducta riesgosa o incumplimiento de este contrato, sin que ello genere reembolso alguno.

CUARTA. CANCELACIÓN POR PARTE DEL ARRENDADOR

Si EL ARRENDADOR cancela el servicio por causas exclusivamente imputables a él, el ARRENDATARIO tendrá derecho únicamente a la devolución de las sumas efectivamente pagadas, sin intereses, penalidades ni indemnizaciones adicionales.

QUINTA. FUERZA MAYOR Y CONDICIONES MARÍTIMAS

No se considerará cancelación imputable a EL ARRENDADOR, y no habrá reembolso, cuando la suspensión o modificación del servicio se deba a:

Condiciones meteorológicas adversas

Marejadas, vientos, lluvias intensas

Disposiciones de la Autoridad Marítima de Panamá

Riesgos a la navegación

Averías súbitas no previsibles

Caso fortuito o fuerza mayor

En estos casos, EL ARRENDADOR podrá reprogramar, sin obligación de devolución.

SEXTA. CANCELACIÓN POR PARTE DEL ARRENDATARIO

Con 30 días o más de anticipación: reembolso máximo del 80%, menos cargos administrativos, bancarios y pasarelas de pago.

Con 29 días o menos: no reembolsable.

El anticipo pagado tiene carácter de arras penitenciales, perdiéndose automáticamente en caso de cancelación.

SÉPTIMA. REPROGRAMACIÓN

Entre 29 y 16 días: se permitirá una sola reprogramación, sin devolución de dinero.

Con 15 días o menos: no procede reprogramación ni crédito.

OCTAVA. NO PRESENTACIÓN

La no presentación del ARRENDATARIO o de parte del grupo en el lugar, fecha y hora establecidos se considerará servicio prestado, sin derecho a reembolso ni cambio de fecha.

NOVENA. ALCOHOL, SUSTANCIAS Y CONDUCTAS RIESGOSAS

EL ARRENDADOR no será responsable por accidentes, lesiones o daños derivados de:

Consumo de alcohol

Sustancias prohibidas

Conductas imprudentes

Saltos al agua sin autorización

Riñas o incumplimiento de normas de seguridad

Cada pasajero navega bajo su propio riesgo.

DÉCIMA. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

EL ARRENDADOR no será responsable por:

Daños indirectos

Daños morales

Lucro cesante

Pérdida de disfrute

Robo, extravío o deterioro de objetos personales

Cada pasajero es responsable de sus pertenencias.

DÉCIMA PRIMERA. DAÑOS A LA EMBARCACIÓN

Cualquier daño causado a la embarcación, equipos o instalaciones será asumido íntegramente por el ARRENDATARIO, incluyendo reparación, reposición, mano de obra y pérdida de uso.

DÉCIMA SEGUNDA. EMBARAZO Y CONDICIONES MÉDICAS

Pasajeros embarazados o con condiciones médicas asumen plena responsabilidad. EL ARRENDADOR podrá negar el embarque si considera que existe riesgo, sin reembolso.

DÉCIMA TERCERA. SUSTITUCIÓN DE EMBARCACIÓN

EL ARRENDADOR podrá sustituir la embarcación por otra de características similares o superiores en caso de avería o necesidad operativa, sin que ello constituya incumplimiento.

DÉCIMA CUARTA. DOCUMENTACIÓN

Todos los pasajeros deberán portar cédula o pasaporte vigente. La falta de documentación no genera devolución.

DÉCIMA QUINTA. JURISDICCIÓN

Daños a la propiedad embarcación: En caso de algún daño causado a la embarcación por los pasajeros el arrendatario deberá cubrir los gastos por reparación o reemplazo de partes afectadas. Ambas partes acuerdan cumplir con las cláusulas y políticas mencionadas

DÉCIMA SEXTA. ACEPTACIÓN

El pago de la reserva implica aceptación expresa, total e irrevocable de todas las cláusulas del presente contrato.